Empresas · Ley 20.720

Reorganización simplificada para mypes

Proceso de reorganización especialmente diseñado para micro y pequeñas empresas: menos documentación y plazos más breves que la reorganización ordinaria (art. 286 de la Ley 20.720).

  • Primera asesoría sin costo
  • Respuesta en menos de 24 horas hábiles
  • Atención en todo Chile
  • Equipo especialista en Ley 20.720

Servicios clave

Soluciones especializadas para tu situación específica

Evaluación de elegibilidad mype

Verificamos si tu empresa califica como MYPE y cumple los requisitos para el proceso simplificado.

Propuesta de acuerdo simplificado

Elaboramos una propuesta de Acuerdo de Reorganización adaptada a las características de las micro y pequeñas empresas.

Gestión administrativa reducida

Aprovechamos las ventajas del proceso simplificado: menores costos y trámites más ágiles.

Cómo trabajamos

Proceso estructurado y transparente

Sabes en cada momento qué se está haciendo, qué viene después y qué se espera de ti.

  1. PASO 01

    Clasificación mype

    Confirmamos que tu empresa cumple los criterios de micro o pequeña empresa según la legislación.

  2. PASO 02

    Solicitud simplificada

    Presentamos la solicitud con documentación reducida y requisitos menos exigentes.

  3. PASO 03

    Acuerdo acelerado

    Negociamos y votamos el acuerdo en plazos menores que el proceso ordinario.

  4. PASO 04

    Cumplimiento

    Supervisamos el cumplimiento del acuerdo aprobado con costos administrativos reducidos.

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Preguntas frecuentes

Las dudas que aparecen siempre

Si la tuya no está aquí, la respondemos en la consulta gratuita.

¿Qué empresas califican como MYPE para este proceso?

Microempresas (hasta 2.400 UF de ventas anuales y de 1 a 9 trabajadores) y pequeñas empresas (hasta 25.000 UF y de 10 a 49 trabajadores). Son criterios copulativos: art. 286 de la Ley 20.720 en relación con la Ley 20.416 y el art. 505 bis del Código del Trabajo.

¿En qué se diferencia de la reorganización tradicional?

Proceso más rápido, menor documentación requerida, costos administrativos reducidos y plazos más cortos para la votación del acuerdo.

¿Cuánto tiempo demora la reorganización simplificada?

Menos que el proceso ordinario: el procedimiento simplificado tiene plazos reducidos en cada etapa y se rige supletoriamente por las normas del Capítulo III (art. 286). La duración concreta depende de cada caso.

¿Los costos son menores que en reorganización normal?

Sí, tanto los honorarios del veedor como los gastos administrativos son sustancialmente menores, adaptados al tamaño de las mypes.