Personas naturales · Ley 20.720

Libérate de tus deudas con la Ley 20.720

Si no puedes pagar tus deudas, te ayudamos a encontrar la mejor solución legal. Primera consulta gratuita con abogados especialistas en insolvencia.

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Trabajador que retomó el control de sus finanzas tras un procedimiento de la Ley 20.720
80 UF
el umbral que debe superar tu deuda total para renegociar ($3.285.000 al 30 de septiembre de 2026)
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Ley 21.563
la reforma del sistema concursal, vigente desde agosto de 2023

Servicios para personas naturales

Cuatro servicios, según tu situación

La ley distingue entre quien todavía puede sostener un plan de pagos y quien ya no; y hay defensa para quien ya está demandado y acompañamiento para quien terminó su procedimiento.

Renegociación de deudas

Si aún tienes capacidad de pago, podemos ayudarte a renegociar tus deudas con mejores condiciones.

  • Reducción de tasas de interés
  • Ampliación de plazos de pago
  • Condonación parcial de deuda
Ver renegociación

Liquidación voluntaria

Para casos más complejos donde no hay capacidad de pago, la liquidación puede ser la vía adecuada.

  • Extinción de los saldos insolutos al término (art. 255)
  • Protección de bienes inembargables
  • Nuevo comienzo financiero
Ver liquidación voluntaria

Defensa ante cobranzas y embargos

Si ya te demandaron o embargaron, te representamos mientras ordenamos tu situación.

  • Defensa en juicios de cobro
  • Protección de ingresos esenciales
  • Estrategia hacia la vía concursal
Ver defensa ante cobranzas

Rehabilitación post insolvencia

Terminado el procedimiento, te acompañamos a reconstruir tu vida financiera.

  • Término del procedimiento acreditado
  • Cese de inhabilidades legales
  • Reconstrucción del historial
Ver rehabilitación

Cómo trabajamos

Tres etapas, de principio a fin

Sabes en cada momento qué se está haciendo, qué viene después y qué se espera de ti.

  1. PASO 01

    Diagnóstico integral

    • Análisis completo de tu situación financiera
    • Revisión detallada de tus deudas y acreedores
    • Evaluación de viabilidad para cada procedimiento
    • Identificación de bienes protegidos por ley
  2. PASO 02

    Estrategia personalizada

    • Diseño de estrategia específica para tu caso
    • Preparación completa de documentación legal
    • Definición de cronograma y expectativas realistas
    • Negociación previa con acreedores cuando corresponda
  3. PASO 03

    Acompañamiento integral

    • Representación en todas las audiencias
    • Seguimiento continuo del procedimiento
    • Comunicación directa y reportes regulares
    • Asesoría post-proceso para rehabilitación crediticia

Por qué MisCausas.cl

Un estudio dedicado solo a insolvencia

Trabajamos exclusivamente los procedimientos de la Ley 20.720 y sus modificaciones, y nos mantenemos al día con la normativa de la Superintendencia.

Especialización exclusiva
Trabajamos solo procedimientos de la Ley 20.720, para personas y para empresas.
Honorarios publicados
Los valores de referencia están en el sitio y el presupuesto se entrega por escrito.
Atención 100% online
Todo el procedimiento es digital: basta tu cédula de identidad para comenzar. Si un trámite ante la SUPERIR exige tu Clave Única, la usas tú; nunca te la pedimos.
Confidencialidad
Solo se publica la información mínima que la ley exige para el procedimiento.

¿Quieres entender mejor la Ley 20.720?

La guía recorre el procedimiento completo, etapa por etapa, con el lenguaje de la ley traducido a algo legible.

Ver la guía completa

Información legal y profesional

Experiencia y autoridad

MisCausas.cl es un estudio jurídico dedicado al derecho de insolvencia. Sus abogados trabajan procedimientos de la Ley 20.720 en todo Chile y siguen la normativa e instructivos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

Advertencias profesionales

  • Cada caso es único y los resultados pueden variar según las circunstancias específicas de cada persona.
  • Los costos estimados son referenciales y pueden variar según la complejidad del caso.
  • Los tiempos de proceso pueden verse afectados por factores externos como la carga tribunalicia.
  • La asesoría inicial gratuita no constituye representación legal hasta la firma del contrato de servicios.
  • Toda información proporcionada debe ser veraz y completa para un correcto análisis legal.

Fuentes oficiales

Esta página se basa en la Ley 20.720 y sus modificaciones vigentes, en la normativa de la SUPERIR y en la jurisprudencia de los tribunales chilenos. Consulta siempre la fuente oficial:

Última revisión del contenido: agosto de 2026, con las modificaciones legales y reglamentarias vigentes en Chile a esa fecha.

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Preguntas frecuentes

Las dudas que aparecen siempre

Si la tuya no está aquí, la respondemos en la consulta gratuita.

¿Qué es la insolvencia de personas naturales según la Ley 20.720?

La insolvencia de personas naturales es un procedimiento judicial regulado por la Ley 20.720 que permite a personas que no pueden pagar sus deudas acceder a mecanismos legales de renegociación o liquidación. Este sistema, supervisado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR), ofrece una segunda oportunidad financiera protegiendo bienes esenciales.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al procedimiento de insolvencia?

Para la renegociación, el art. 260 exige: 1) Dos o más obligaciones vencidas por más de 90 días corridos, de orígenes diversos, 2) Un monto total superior a 80 UF ($3.285.000 al 30 de septiembre de 2026; el equivalente en pesos cambia cada día), 3) No haber sido notificado de una demanda de liquidación ni de otro juicio ejecutivo (salvo laboral, art. 261), 4) Ser Persona Deudora: sin tributar en primera categoría en los últimos 24 meses. Además, quien ya usó la renegociación debe esperar 5 años (art. 270). La liquidación voluntaria no exige un monto mínimo. Nuestros abogados evalúan gratuitamente tu situación.

¿Qué bienes están protegidos por ley durante el proceso de liquidación?

La Ley 20.720 remite a los bienes inembargables del art. 445 del Código de Procedimiento Civil: entre otros, la vivienda en los términos del art. 445 N° 8 (avalúo fiscal no superior a 50 UTM), las herramientas e instrumentos necesarios para el trabajo, el mobiliario básico de dormitorio y comedor, la ropa y enseres personales, los derechos de alimentos, y los elementos indispensables para personas con discapacidad. Esta protección opera por ley.

¿Cuánto tiempo dura cada tipo de procedimiento?

Como referencia práctica: la renegociación suele resolverse en algunos meses (las audiencias ante la SUPERIR tienen plazos breves, arts. 263-266; la ley no fija una duración total). La liquidación completa suele tomar entre 12 y 24 meses, porque incluye la realización de los bienes y la distribución entre los acreedores; la resolución de liquidación en sí se dicta al inicio. Son estimaciones según la experiencia, no plazos legales.

¿Cómo afecta el proceso a mi capacidad de trabajar y generar ingresos?

No afecta tu capacidad laboral: puedes trabajar normalmente, cambiar de empleo e incluso emprender. En la renegociación declaras tus ingresos junto con tu propuesta de pago (art. 261). En la liquidación, tu remuneración solo puede embargarse durante los 3 meses siguientes a la dictación de la Resolución de Liquidación (art. 276) y, según el criterio de la SUPERIR, solo en la parte que exceda de 56 UF (Oficio SUPERIR N° 2008, de 16 de febrero de 2018).

¿Qué sucede con mis deudas hipotecarias y prendarias durante el proceso?

En la renegociación, los contratos vigentes mantienen sus condiciones de pago (art. 264), por lo que una deuda hipotecaria al día puede seguir sirviéndose con normalidad. En la liquidación, el acreedor hipotecario o prendario se paga con preferencia sobre el producto del bien dado en garantía. La estrategia para proteger tus bienes más importantes se diseña caso a caso.

¿Cuáles son los costos del procedimiento de insolvencia?

La renegociación es un procedimiento administrativo ante la SUPERIR y el gasto relevante suele ser la asesoría, que es opcional. En la liquidación existen gastos del procedimiento y los honorarios del liquidador, regulados por ley, que se precisan en el presupuesto de cada caso. Nuestros honorarios están publicados en la página de precios: evaluación gratuita, pago en cuotas disponible y sin costos ocultos.

¿Cómo se rehabilita mi historial crediticio después del proceso?

La rehabilitación es progresiva: al término del proceso se levanta la información comercial asociada a las deudas incluidas, y el acceso a nuevos créditos se recupera de forma gradual según la política de cada institución. La Ley 20.720 no fija un plazo de rehabilitación crediticia, así que no existe una fecha uniforme para todos los casos.

¿Puedo incluir todas mis deudas en el procedimiento de insolvencia?

Se incluyen: deudas bancarias, tarjetas de crédito, créditos de consumo, deudas comerciales y otras obligaciones de dinero. Quedan excluidas: los alimentos legales, la compensación económica, las obligaciones derivadas de delitos o cuasidelitos y las multas y sanciones penales pecuniarias (arts. 255 y 260). Analizamos caso a caso qué deudas entran en tu procedimiento.

¿Qué ventajas tiene contratar abogados especialistas versus hacerlo por mi cuenta?

Un especialista ordena la estrategia antes de presentar: revisa qué procedimiento corresponde, prepara la documentación exigida, comparece en las audiencias, responde las objeciones de los acreedores y hace el seguimiento del procedimiento hasta su término. Los errores de forma en la presentación son una causa frecuente de demoras y de resoluciones desfavorables.