Período de Protección Financiera (PPC)

Protege tu empresa de la presión de acreedores mientras buscas soluciones viables. El PPC te brinda tiempo y espacio para reorganizar tu negocio.

✅ Expertos en Ley 20.720

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Servicios Clave

Soluciones especializadas para tu situación específica

Solicitud de PPC

Preparación y presentación de la solicitud de Período de Protección Financiera ante la Superintendencia de Insolvencia.

Administración del Período

Gestión profesional durante los 60 días de protección, maximizando oportunidades de reorganización.

Negociación con Acreedores

Aprovechamos el período de protección para negociar acuerdos favorables con los principales acreedores.

Cómo Trabajamos

Proceso estructurado y transparente en 4 etapas

1

Evaluación de Viabilidad

Analizamos si tu empresa cumple los requisitos para acceder al Período de Protección Financiera.

2

Preparación de Solicitud

Elaboramos la documentación requerida y presentamos la solicitud de reorganización ante el tribunal competente.

3

Gestión del PPC

Administramos el período de 60 días, negociando con acreedores y buscando soluciones.

4

Salida Estratégica

Definimos la mejor alternativa: reorganización, liquidación o acuerdo extrajudicial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué empresas pueden acceder al Período de Protección Financiera?
La Protección Financiera Concursal no es un trámite separado: nace con la resolución que abre el Procedimiento Concursal de Reorganización (art. 57 de la Ley 20.720). Puede solicitarla toda Empresa Deudora que inicie una reorganización; la ley no exige un monto mínimo de activos ni un período de espera entre usos.
¿Cuánto dura el Período de Protección Financiera?
La Protección Financiera Concursal tiene una duración inicial de 60 días corridos (art. 57 de la Ley 20.720, tras la reforma de la Ley 21.563), prorrogable conforme al art. 58 hasta alrededor de 180 días si el deudor obtiene el apoyo de acreedores que representen los porcentajes de pasivo que la ley exige.
¿Qué ocurre con las deudas durante el PPC?
Se suspenden las ejecuciones individuales y no se pueden iniciar nuevos juicios ejecutivos. Las deudas no se extinguen, pero hay protección temporal.
¿Puedo seguir operando mi empresa durante el PPC?
Sí, la empresa puede continuar sus operaciones normales, pero con ciertas limitaciones para actos de disposición de activos importantes.

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