Representación de acreedores

Verifica tu crédito a tiempo y protege tu recuperación

En un procedimiento concursal, cada crédito reconocido reparte una masa limitada. Verificar el tuyo dentro de plazo y objetar los créditos improcedentes de otros acreedores es lo que define, en la práctica, cuánto recuperas.

¿Qué es la verificación de créditos?

La verificación de créditos es el proceso mediante el cual se determina la existencia, el monto, la clasificación y la preferencia de los créditos contra el deudor. Es el trámite por el que tu crédito ingresa formalmente al pasivo del procedimiento y queda habilitado para participar en los repartos y en las decisiones de la junta de acreedores.

Por qué importa objetar: el pasivo es un reparto de suma limitada. Cada crédito ajeno reconocido por un monto mayor al que corresponde reduce tu porcentaje de recuperación. Objetar los créditos improcedentes es tan importante como verificar bien el propio.

El plazo corre desde la publicación

Tienes 30 días desde la publicación del pasivo provisional para verificar tu crédito. Es un plazo breve: reunir la documentación, calcular correctamente el monto y presentar la verificación con la mejor clasificación toma tiempo, y conviene empezar apenas se abre el procedimiento.

Si detectas que el deudor está próximo a un concurso o que ya se dictó la resolución, adelántate: cuanto antes preparemos tu verificación, más sólida será.

Documentación para verificar

  • • Contratos que originan el crédito
  • • Facturas y guías de despacho
  • • Pagarés y otros títulos de crédito
  • • Estados de cuenta y cartolas
  • • Correspondencia y correos que acrediten la deuda
  • • Cualquier antecedente sobre garantías o preferencias

Cuándo conviene objetar

  • • Créditos sin respaldo documental suficiente
  • • Montos inflados con intereses o gastos improcedentes
  • • Preferencias invocadas sin fundamento legal
  • • Créditos ya pagados o extinguidos
  • • Operaciones simuladas o entre partes relacionadas

El orden de preferencias importa

La clasificación de tu crédito determina en qué momento cobras. Estas son las grandes categorías de la prelación.

Categoría Ejemplos
Laborales y previsionales Remuneraciones, indemnizaciones y cotizaciones de los trabajadores
Fiscales Créditos del Fisco por impuestos y otros conceptos
Con garantía real Créditos hipotecarios y prendarios, sobre el producto del bien gravado
Valistas o quirografarios Créditos sin preferencia ni garantía, que concurren a prorrata

La clasificación concreta de cada crédito depende de su naturaleza y sus garantías. La analizamos caso a caso.

Cómo trabajamos tu caso

1

Análisis del pasivo

Revisamos el pasivo publicado y la situación de tu crédito frente al de los demás acreedores.

2

Verificación sólida

Preparamos la verificación con documentación completa y la clasificación más favorable posible.

3

Objeciones tácticas

Objetamos los créditos improcedentes que diluyen tu participación en los repartos.

4

Seguimiento

Acompañamos el proceso hasta la aprobación del pasivo definitivo y los repartos.

No dejes pasar el plazo de verificación

Evaluemos tu crédito, preparemos una verificación sólida y objetemos lo que diluya tu recuperación.

Preguntas Frecuentes

¿Cuándo debo verificar mi crédito?

Tienes 30 días desde la publicación del pasivo provisional para verificar tu crédito en el procedimiento. Es un plazo que no conviene dejar pasar: verificar fuera de tiempo complica el reconocimiento y el cobro de tu crédito.

¿Puedo objetar créditos de otros acreedores?

Sí. Puedes objetar créditos que consideres improcedentes, mal calculados o sin respaldo suficiente, porque cada crédito reconocido de más diluye tu porcentaje de recuperación sobre la masa.

¿Qué documentos necesito para verificar mi crédito?

Contratos, facturas, pagarés, estados de cuenta, correspondencia y cualquier documento que acredite la existencia, el monto y la naturaleza de tu crédito. Mientras más sólido el respaldo, mejor la clasificación que puedes obtener.

¿Cómo se determina si mi crédito es preferente?

Según las preferencias legales: primero los créditos laborales y previsionales, luego los fiscales, los con garantía real (hipotecarios y prendarios) y, finalmente, los valistas o quirografarios. Analizamos tu caso para obtener la mejor clasificación posible.

¿Qué diferencia hay entre un acreedor preferente y uno valista?

El acreedor preferente cobra antes que los demás, según el orden de prelación. El acreedor valista o quirografario no goza de preferencia ni garantía real, y concurre a prorrata con otros créditos de igual naturaleza una vez pagados los preferentes.