Procedimiento Gratuito SUPERIR
Renegociación de Deudas: Requisitos y Pasos del Procedimiento Oficial
Accede al procedimiento administrativo gratuito ante SUPERIR para renegociar tus deudas. Sin abogado obligatorio. Conoce los requisitos exactos, documentos necesarios y cómo funciona el proceso paso a paso.

¿Qué es la Renegociación ante SUPERIR?
La renegociación es un procedimiento administrativo completamente gratuito regulado por la Ley 20.720 que permite a personas naturales negociar mejores condiciones de pago con sus acreedores bajo la supervisión de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR) .
✅ Beneficios del Procedimiento
- • Completamente gratuito ante SUPERIR
- • Sin abogado obligatorio
- • Plan de pago máximo 30% de ingresos
- • Suspende cobranzas durante el proceso
- • Mejora tu historial crediticio al cumplir
⚠️ Límites y Restricciones
- • No garantiza aceptación de acreedores
- • Requiere capacidad de pago demostrable
- • Plan máximo a 6 años
- • Solo para deudas elegibles
- • Incumplimiento anula beneficios
Transparencia: Aunque el procedimiento es gratuito y puedes hacerlo sin abogado, muchas personas buscan asesoría profesional para maximizar sus posibilidades de éxito y asegurar que la propuesta sea atractiva para los acreedores.
¿Calificas para la Renegociación SUPERIR?
Verifica si cumples con los 4 requisitos legales exactos establecidos por la normativa
Requisitos Legales Obligatorios
Múltiples Deudas Vencidas
2 o más deudas vencidas por más de 90 días corridos
Ejemplo: Tarjeta de crédito vencida desde enero + préstamo vencido desde febrero = cumples requisito
Monto Mínimo
Deuda total superior a 80 UF ($2.9 millones aprox.)
Se suma el capital adeudado de todas las deudas elegibles, sin intereses ni reajustes
Sin Procesos Ejecutivos
No haber sido notificado de liquidación forzosa o juicio ejecutivo
Excepción: juicios ejecutivos laborales no inhabilitan el procedimiento
Persona Natural
No haber tributado en primera categoría los últimos 24 meses
Si tuviste empresa o actividad económica independiente, consulta tu situación específica
Evaluación Rápida
¿Tienes capacidad de pago mensual?
Evalúa si puedes destinar hasta el 30% de tus ingresos líquidos mensuales al plan de pago
¿Prefieres mantener tus bienes?
La renegociación te permite conservar todos tus bienes mientras cumples el plan acordado
¿Buscas estabilidad financiera?
Ideal si quieres ordenar tus finanzas con un plan estructurado y supervisado oficialmente
🎯 Consigue una Evaluación Profesional
Te evaluamos sin costo si cumples los requisitos y diseñamos una estrategia para maximizar tus posibilidades de éxito.
Referencias Oficiales para Requisitos
Documentos Clave que Debes Reunir
Documentación exigida por el artículo 261 de la Ley 20.720 explicada en lenguaje simple
Documentos Obligatorios
1. Estados de Deuda Actualizados
Máximo 30 días de antigüedad al momento de presentar la solicitud
- • Cartola de cada tarjeta de crédito
- • Estado de cuenta de préstamos bancarios
- • Certificados de deuda de casas comerciales
- • Cualquier documento que detalle capital, intereses y gastos
2. Comprobantes de Ingresos
Últimos 3 meses para acreditar capacidad de pago
- • Liquidaciones de sueldo (dependiente)
- • Boletas de honorarios (independiente)
- • Declaración de IVA (comerciante)
- • Certificados de pensión o subsidios
3. Declaraciones Juradas Simples
No requiere notarización - SUPERIR proporciona los formularios
- • DJ de patrimonio (bienes y deudas)
- • DJ de no haber sido notificado de liquidación forzosa
- • DJ de no haber tributado primera categoría (24 meses)
4. Identificación
Cédula de identidad vigente
- • Fotocopia por ambos lados
- • Original para cotejo en SUPERIR
Consejos Prácticos
- ▸ Solicita estados de cuenta específicamente para "procedimiento de renegociación SUPERIR"
- ▸ Guarda los correos electrónicos con fecha de emisión como respaldo
- ▸ Si trabajas por proyectos, incluye contratos o facturas recientes
- ▸ SUPERIR acepta documentos digitales con firma electrónica
Errores Comunes
- ✗ Presentar estados de cuenta con más de 30 días
- ✗ Olvidar incluir gastos de cobranza o intereses en los estados
- ✗ No declarar todos los ingresos reales (incluidos informales)
- ✗ Subvalorar bienes en la declaración jurada
¿Necesitas ayuda con los documentos?
Te ayudamos a reunir y organizar toda la documentación necesaria para maximizar tus posibilidades de éxito.
Asesoría en DocumentaciónDescargas Oficiales de SUPERIR
Accede directamente a los formularios y documentos oficiales desde la página de SUPERIR
Flujo del Procedimiento y Audiencias
Conoce paso a paso cómo funciona el proceso oficial desde la admisibilidad hasta la ejecución
Admisibilidad (15-30 días)
SUPERIR revisa que cumplas todos los requisitos y que la documentación esté completa
✓ SUPERIR verifica:
- • Cumplimiento de requisitos legales
- • Completitud de documentos
- • Cálculo correcto de montos
- • Ausencia de inhabilidades
⚠️ Posibles resultados:
- • Admisibilidad: continúa el proceso
- • Observaciones: debes subsanar
- • Inadmisibilidad: proceso termina
Determinación de Pasivo (30-45 días)
Se establece oficialmente cuánto debes a cada acreedor. Los acreedores pueden objetar los montos.
📋 Qué sucede:
- • SUPERIR notifica a todos los acreedores
- • Cada acreedor declara lo que le debes
- • Se cruza información con tus estados
- • Se resuelven discrepancias
💰 Resultado:
- • Lista oficial de acreedores
- • Monto exacto de cada deuda
- • Base para calcular el plan de pago
- • Porcentajes de votación por acreedor
Audiencia de Renegociación (60-90 días)
El momento clave: presentas tu propuesta de pago y se vota. Plan máximo: 30% de ingresos hasta 6 años.
🎯 Tu propuesta debe incluir:
- • Cuota mensual (máx. 30% ingresos líquidos)
- • Plazo total (máx. 6 años)
- • Quitas o descuentos solicitados
- • Cronograma de pagos específico
🗳️ Votación:
- • Necesitas 51%+ de acreedores a favor
- • Se calcula por monto de deuda
- • Los ausentes se consideran abstenciones
- • Decisión inmediata en audiencia
💡 Ejemplo de Cálculo:
Ingresos líquidos: $800.000 → Cuota máxima: $240.000 (30%) → Si debes $20.000.000, podrías pagar en ~84 cuotas (7 años máximo legal: 6 años)
Ejecución y Cumplimiento
Si se aprueba tu propuesta, comienza el período de cumplimiento bajo supervisión de SUPERIR
✅ Al cumplir exitosamente:
- • Sales de registros morosos (DICOM)
- • Certificado de cumplimiento SUPERIR
- • Rehabilitación crediticia progresiva
- • Liberación de deudas según acuerdo
❌ Si incumples:
- • Vuelves al estado moroso anterior
- • Pierdes beneficios del acuerdo
- • Acreedores pueden ejecutar garantías
- • Puedes intentar liquidación voluntaria
Estadísticas del Procedimiento
Acuerdo
Formalizamos el acuerdo y te acompañamos en el cumplimiento
¿Cumples los requisitos?
Verifica si la renegociación es la mejor opción para tu caso
✅ Ideal para renegociar si:
- Tienes ingresos regulares comprobables
- Puedes demostrar capacidad de pago
- Necesitas mejores condiciones de pago
- Quieres mantener todos tus bienes
💡 Considera liquidación si:
- No tienes ingresos suficientes
- Tus deudas superan tu capacidad total
- Prefieres liberarte totalmente
- Buscas un nuevo comienzo
Caso Real de Renegociación Exitosa
Ejemplo educativo de cómo funciona el procedimiento en la práctica
😰 Problema Inicial
María (45 años), profesora:
- • Deudas totales: $8.500.000 (tarjetas e crédito de consumo)
- • Ingresos líquidos: $680.000 mensuales
- • Cuotas mínimas exigidas: $420.000 (62% de sus ingresos)
- • Situación: Insostenible, considerando liquidación
🎯 Estrategia Aplicada
- • Análisis: Cumplía requisitos (3 deudas +90 días, >80 UF)
- • Capacidad: 30% de ingresos = $204.000 mensuales disponibles
- • Propuesta: Plan a 5 años con quita del 30% del total
- • Plan final: $119.000/mes por 60 meses ($7.140.000 total)
✅ Resultado Exitoso
- • Aceptación: 73% de acreedores aprobó la propuesta
- • Ahorro: $1.360.000 de quita + eliminación de intereses futuros
- • Cuota manejable: De $420.000 a $119.000 mensuales
- • Estado actual: Mes 18, al día con pagos, historial mejorando
Clave del éxito: Propuesta realista que consideró la capacidad real de pago y ofreció beneficios atractivos para los acreedores (recuperación garantizada vs. riesgo de liquidación).
Información Profesional y Legal
Experiencia y Especialización
MisCausas.cl especializa en procedimientos ante SUPERIR desde 2018. Nuestros abogados tienen experiencia directa en más de 200 renegociaciones, conocen las mejores estrategias para maximizar aprobación de acreedores y mantienen actualización continua con cambios normativos de la Superintendencia.
Advertencias Profesionales
- • El procedimiento ante SUPERIR es gratuito; no garantizamos resultados específicos
- • La aceptación depende exclusivamente de la votación de acreedores
- • Los plazos pueden variar según carga operativa de SUPERIR
- • Cada caso requiere evaluación individual de viabilidad
- • La asesoría profesional es opcional pero puede mejorar las posibilidades de éxito
Fuentes Oficiales y Normativa
La información se basa en la Ley 20.720 vigente, reglamentos de SUPERIR, y nuestra experiencia práctica en procedimientos reales. Para información normativa actualizada, consulta siempre las fuentes oficiales:
Contenido actualizado con las últimas modificaciones reglamentarias y procedimentales de SUPERIR.
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Preguntas Frecuentes
¿La renegociación ante SUPERIR es realmente gratuita y sin abogado obligatorio?
Sí, es completamente gratuita y puedes hacerla sin abogado. SUPERIR no cobra por el procedimiento administrativo de renegociación. Sin embargo, muchas personas prefieren asesoría profesional para maximizar las posibilidades de éxito y proteger mejor sus intereses durante las negociaciones con los acreedores.
¿Qué significa exactamente "2+ deudas vencidas por más de 90 días"?
Debes tener al menos dos obligaciones de dinero (préstamos, tarjetas de crédito, créditos comerciales, etc.) que estén impagas por más de 90 días corridos desde su vencimiento. No cuentan las deudas por pensiones alimenticias, multas de tránsito, ni deudas tributarias de primera categoría.
¿Cómo se calcula el monto de 80 UF y qué pasa si mis deudas son menores?
Las 80 UF equivalen aproximadamente a $2.9 millones (valor variable según UF). Se suma el capital adeudado de todas las deudas elegibles. Si tu deuda total es menor, no puedes acceder al procedimiento de renegociación ante SUPERIR, pero podrías negociar directamente con cada acreedor.
¿Qué documentos del artículo 261 necesito presentar exactamente?
Debes presentar: estados de deuda de cada acreedor con máximo 30 días de antigüedad, liquidaciones de sueldo o comprobantes de ingresos de los últimos 3 meses, declaración jurada simple de bienes y deudas, fotocopia de carnet de identidad, y declaración jurada de no haber sido notificado de liquidación forzosa o juicio ejecutivo.
¿En qué consiste exactamente el plan de pago máximo del 30% de mis ingresos?
El plan de pagos no puede comprometer más del 30% de tus ingresos líquidos mensuales y debe completarse en máximo 6 años. Por ejemplo, si ganas $600.000 líquidos, el plan no puede superar $180.000 mensuales. SUPERIR evalúa que este monto te permita mantener gastos básicos familiares.
¿Cómo afecta el proceso a mi registro en DICOM y Boletín Comercial?
Durante el procedimiento, tu situación aparece como "en renegociación" en los registros. Al cumplir exitosamente el plan acordado, las deudas incluidas se marcan como "pagadas por acuerdo de renegociación". Si incumples, vuelves al estado moroso anterior y pierdes los beneficios obtenidos.
¿Cuáles son las señales de que la renegociación podría no convenirme?
No conviene si: tus ingresos son insuficientes para un plan del 30%, las deudas superan significativamente tu capacidad de pago a 6 años, prefieres liberarte completamente de obligaciones, o tienes patrimonio que hace inviable mantener las deudas. En estos casos, evalúa la liquidación voluntaria.
¿Qué pasa si no todos mis acreedores aceptan la propuesta de renegociación?
Si acreedores que representen más del 51% del total de deudas rechazan la propuesta, el procedimiento fracasa. Las deudas vuelven a su estado anterior y puedes: presentar una nueva propuesta modificada, intentar liquidación voluntaria, o negociar individualmente con cada acreedor.